Eres elegible para recibir cobertura según esta póliza si, en el momento de la solicitud:

  • Eres ciudadano o natural de los Estados Unidos o no ciudadano con residencia legal en los Estados Unidos y razonablemente se espera que sigas siendo ciudadano, natural o no ciudadano con residencia legal durante todo el período por el cual se solicita la inscripción; y
  • Eres residente del estado de Mississippi; y
  • Vives en el área de servicio en la que estás solicitando la cobertura y tienes la intención de continuar viviendo allí durante todo el período para el cual se solicita la inscripción; y
  • No estás encarcelado, excepto encarcelamiento en espera de la disposición de los cargos; y
  • No resides en una institución; y
  • Has presentado una solicitud de cobertura completada y firmada y has recibido nuestra aceptación por escrito.

El suscriptor debe informarnos sobre todos los cambios que podrían afectar la elegibilidad de cualquier persona asegurada en virtud de esta póliza.

Otras personas aseguradas pueden incluir los siguientes miembros de la familia:

  • Tu cónyuge legal que vive en el área de servicio.
  • Tus niños hasta la finalización del año del plan en el que cumplen los 26 años de edad.

Tus propios hijos recién nacidos o los de tu cónyuge están cubiertos automáticamente desde el momento del nacimiento hasta los 31 días de vida. Para continuar con la cobertura luego de ese plazo, debes inscribir al niño como miembro de la familia al solicitar su inscripción como miembro de la familia dentro de los 60 días posteriores a la fecha de nacimiento y pagar cualquier prima adicional. La cobertura de un niño recién nacido dependiente inscrito dentro de los 60 días posteriores a su nacimiento será retroactiva a la fecha del nacimiento del niño.

Un niño adoptado, lo que incluye un niño que se te entregó en adopción, está cubierto automáticamente durante 31 días a partir de la fecha de entrega del niño en adopción o de inicio del juicio de adopción. Para continuar con la cobertura después de ese plazo, debes inscribir al niño como miembro de la familia solicitando su inscripción dentro de los 60 días posteriores a la fecha de adopción y pagar cualquier prima adicional. La cobertura de un niño adoptado dependiente inscrito dentro de los 60 días posteriores a su adopción será retroactiva a la fecha de entrega del niño en adopción o inicio de un juicio de adopción.

Un niño que se te entrega para su tutela está cubierto automáticamente durante 31 días a partir de la fecha de entrega en tutela. Para continuar con la cobertura después de ese plazo, debes inscribir al niño como miembro de la familia solicitando su inscripción como dependiente dentro de los 60 días posteriores a la fecha de entrega en tutela del niño y pagar cualquier prima adicional. La cobertura de un niño bajo tutela inscrito dentro de los 60 días posteriores a la entrega para su tutela será retroactiva a la fecha de entrega en tutela del niño.

Si un tribunal ha ordenado a un suscriptor que brinde cobertura a un niño elegible (como se define anteriormente), la cobertura será automática durante los primeros 31 días posteriores a la fecha en que se emitió la orden judicial. Para continuar con la cobertura luego de ese plazo, debes inscribir al niño como miembro de la familia solicitando su inscripción como miembro de la familia dentro de los 60 días posteriores a la fecha de la orden judicial y pagar cualquier prima adicional. La cobertura establecida por una orden judicial para un niño dependiente inscrito dentro de los 60 días posteriores a la orden judicial será retroactiva a la fecha de la orden judicial.

  • Tus hijastros hasta la finalización del año del plan en el que cumplen los 26 años de edad.
  • Tus propios hijos o los de tu cónyuge, independientemente de sus edades, inscritos antes de los 26 años de edad, que no tengan capacidad para mantenerse debido a una discapacidad intelectual o física permanente certificada por un médico y que dependan principalmente de la persona asegurada para recibir apoyo y manutención. Cigna Healthcare podría requerir una prueba por escrito de dicha discapacidad y dependencia dentro de los 31 días previos a la finalización del año en el que el niño cumple los 26 años de edad.

NOTA: Un niño inscrito como miembro de la familia según esta póliza tiene derecho a recibir, mientras esté fuera del área de servicio, únicamente servicios de emergencia por condiciones médicas de emergencia.